Decreto de restricciones por la pandemia 07-11-2020

El Gobierno de Aragón ha lanzado un nuevo decreto de restricciones en la lucha por la pandemia que ha generado confusión, por eso hemos querido acudir a la fuente oficial y haceros llegar las medidas que están en vigor desde el 5 de noviembre que se publicó la norma en el BOA. Recordar que nos encontramos de nuevo bajo un Estado de Alarma decretado por el Gobierno central como pasó entre marzo y mayo de este mismo año, pero que en este caso cada una de las Comunidades Autónomas modula las medidas a tomar ante la situación sanitaria en su territorio. En Aragón hemos estado desde el verano entre las CCAA con más incidencia del Covid-19 y en este momento nuestro sistema sanitario está en gran tensión, por  lo que es necesario que la ciudadanía aragonesa respetemos con responsabilidad las medidas que se nos indican.

Decreto de restricciones por la pandemia 07-11-2020

Nuevas medidas del Gobierno de Aragón para controlar el COVID-19

Nivel de alerta 3*

Cierre a las 20.00 horas de la actividad no esencial

/ Bares, restaurantes y comercios no esenciales

• Bares y restaurantes abiertos solo con terrazas abiertas al 50%

• Permitido el servicio takeaway o comida a domicilio hasta las 22:00h

• Mercadillos al aire libre con el 100% de los puestos, pero con aforo de una persona por cada 5 M2

/ Mantienen su horario habitual los loclaes y establecimientos de servicios esenciales: alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad y productos higiénicos, farmacias, centros sanitarios, servicios sociales y socio-sanitarios, parafarmacia y ópticas, ortopedias, clínicas veterinarias, mercados ganaderos, servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería, floristerías, combustible, talleres mecánicos, servidos de reparación y material de construcción, ferreterías y estaciones de inspección técnica de vehículos estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, comercio por Internet, telefónico o correspondencia y servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías, peluquerías y centros de estética.

Actividades sociales

/ Máximo 6 personas, salvo que sean convivientes. Se recomienta limitar los contactos al ámbito laboral y a la unidad de convivencia familiar.

Cultura

/ El horario máximo de comienzo de los espectáculos públicos sera las 20.00 horas en teatros, auditorios, cines, salas de conferencias y exposiciones, circos, museos y bibliotecas.

/ 25% del aforo

Áreas de servicio

/ Aforo del 50% en el interior de los establecimientos de hostelería y restauración en estaciones o áreas de servicio y polígonos industriales para uso exclusivo de transportistas y trabajadores.

Celebraciones

/ Suspendidas las celebraciones (bodas, bautizos, comuniones) en establecimientos de hostelería y restauración.

Alojamientos turísticos

/ Pueden mantener su actividad. pero los bares, cafeterías y restaurantes ubicados en establecimientos hoteleros se limitara al servicio directo en habitación a los clientes hospedados respetando el aforo máximo autorizado para zonas comunes deberá cesar a las 22.00 horas.

Lugares de culto

/25% de su aforo.

/ En entierros y velatorios, máximo de 15 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados.

Juegos y apuestas

/ Cerrados los establecimientos de juegos y apuestas (recreativos, salas de juego, bingos y casinos)

Deporte

/ Cierre total de los gimnasios.

/ Prohibida la práctica deportiva en espacios interiores de grupos que no participen en competiciones nacionales

/ Permitidos tos entrenamientos al aire libre mas allá de las 20:00h.

Teléfono de atención Gobierno de Aragón

Teléfono DGA Covid

BOA DEL 04-11-2020

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